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El Ministerio de Salud publicado hoy Decisión 000021 que establece que los establecimientos venden comestibles, cafeterías y tiendas minoristas o similares al público Tienes que trabajar de 6pm a 8pm.como medida para prevenir COVID-19 en la República Dominicana.
La decisión establece que las instalaciones anteriores pueden entregar a domicilio hasta las 9:00 a.m.
“Es obligatorio que las instalaciones que venden alimentos y bebidas alcohólicas, como supermercados, cafeterías, tiendas de bebidas alcohólicas, supermercados y tiendas minoristas o almacenes y restaurantes similares, estén abiertos al público solo durante las 6:00 a. M. La mañana puede ser a las 8:00 p.m. Los restaurantes y las tiendas de comestibles pueden entregar a domicilio hasta las 9:00 p.m. ”, afirma el Ministerio de Salud.
También establece que estas compañías deben asegurarse de que sus usuarios estén a menos de 1,5 metros y que usen máscaras para evitar la propagación del virus corona.
Ayer se informó que las tiendas estarían cerradas si la multitud lo permitía.
Según el funcionario, el incumplimiento de la disposición dará lugar a multas de uno a diez veces el salario mínimo nacional establecido por las autoridades competentes. Artículo 153 de Ley General de Salud 42-01.
Las violaciones de la decisión también serán castigadas con las disposiciones de los artículos 155, 156 y 163 de la norma antes mencionada.
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