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DIARIO EL MATERO, Por segundo día consecutivo, la Asamblea Nacional Revisora ​​del Congreso Nacional decidió en primera lectura unificar todos los niveles electorales y fosilizar las distintas reglas electorales para proteger la reelección del Presidente. En presencia de 196 asambleístas, este Órgano de Revisión Constitucional, en una discusión inicial, modificó varios artículos interpuestos por el Ejecutivo.

A pesar de la fuerte posición adoptada por algunos representantes de partidos políticos de oposición en la reunión, la propuesta de celebrar elecciones locales, legislativas y presidenciales cada cuatro años el segundo domingo de mayo recibió el apoyo de 168 diputados.

Anteriormente, las Fuerzas Populares (FP) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), a través de sus congresistas, intentaron que el legislativo no cambiara el artículo 209, que ordena el desarrollo del sufragio popular.

Los opositores coincidieron en que esta decisión fue un error y señalaron las dificultades que causaría a la Comisión Central Electoral (JCE).

Dos años de separación, mientras el bloque de diputados del Partido Demócrata Cristiano Quisqueyano (PQDC) y del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) propuso una enmienda que propone que las siete etapas electorales se realicen con una división de dos años.

Los niveles congresional y presidencial se ubican en un período diferente al nivel local.

Sin embargo, la moción no obtuvo la mayoría requerida.

Los asambleístas se reunirán nuevamente hoy a las 10:00 horas para continuar los trabajos.

Las reformas están en pleno apogeo en el Congreso

Por otro lado, los parlamentarios también acordaron un famoso bloqueo en la Carta Magna para bloquear el mandato presidencial y garantizar que ningún funcionario se beneficie del cambio constitucional en el futuro.

Por esta razón, la Asamblea aprobó el texto del artículo 278, que estipula que ningún funcionario de elección popular podrá beneficiarse de ninguna reforma constitucional realizada durante su mandato.

También coincidieron en que el artículo 268 sobre forma de gobierno en las reformas constitucionales no indica ningún cambio en las condiciones para las elecciones presidenciales.

El presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos, afirmó que estos puntos sirven para asegurar el “nunca más” establecido en el artículo 124 sobre elecciones presidenciales durante la reforma constitucional de 2015. Además, la diputada Olfany Méndez también aprobó la propuesta de modificar el artículo 274 sobre la duración constitucional del mandato de los funcionarios electos con el fin de cerrar un vacío legal. No se modifica nada en el artículo, pero se agrega un párrafo que indica que en caso de existir un vacío en la sucesión de la dirigencia municipal, el mecanismo para resolver el puesto vacante será el que determine la ley. Si bien esta sería una respuesta permanente, la diputada Soraya Suárez, representante del PRM, presentó una disposición transitoria para que actualmente sea electa por el Ejecutivo. Pero momentos después, los legisladores decidieron retirarlo.

Durante la primera reunión del lunes pasado, se decidió ajustar la composición de la Cámara de Diputados para reducirla de 190 a 170 diputados. Lo acordado por el legislativo significó que la selección de representantes fuera realizada por las circunscripciones territoriales.

Además, estos se distribuyen en 158 por territorio, cinco por nivel estatal y siete por provincias extranjeras. En otro orden, se aprobó la creación del artículo 166 para establecer el cargo de Procurador General de la Administración Pública. Esto dio lugar a que la Procuraduría General Administrativa pasara a denominarse Procuraduría General de la Administración Pública.

En cuanto al artículo 169 sobre la definición y funciones de la fiscalía, el único cambio fue la inserción en el texto de la frase «Formulación y aplicación de la política de aplicación de la ley», el resto permaneció igual.

En el artículo 171, que trata sobre la integración de la Procuraduría General de la República (PGR), se modifica para que su titular sea elegido por el Consejo de la Judicatura Nacional (CNM). Partiendo del candidato que deberá presentar el Presidente de la República, con el objetivo de ser evaluado por los miembros de este órgano constitucional. El candidato seleccionado por el presidente no debe haber tenido vínculos con ninguna organización política en los últimos cinco años y se enfrenta a una suspensión de dos años.

Si permanece en esta posición será necesario que sea corregido por el CNM.

Tribunal Constitucional

De conformidad con el artículo 178 sobre la integración del Consejo Nacional de Jueces (CNM), actualmente integrado por ocho miembros, el último asiento ocupado por el Procurador General de la República fue sustituido por el de Presidente de la Corte de Justicia. Al artículo 179 de la Constitución, que se refiere a las funciones del CNM, se agrega la obligación de elegir al Fiscal General de la República luego de recibir la propuesta de candidatos del Presidente de la República.

Transitorios

En el trabajo legislativo de este martes, los asambleístas presentaron doce propuestas de reformas temporales, las cuales el Presidente de la Asamblea leyó y presentó para su posterior rechazo o aprobación.

El presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos, recordó a la Comisión de Estilo y Verificación que tiene 48 horas para presentar el resultado de las revisiones de los cambios realizados.

También convocó a la Asamblea Nacional Revisora ​​para el próximo lunes 14 a las 14 horas. Los trabajos legislativos finalizaron pasadas las 5:40 de la tarde, luego de seis horas de trabajo con un quórum de 182 diputados presentes en el Salón de la Asamblea Nacional.