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El Asamblea Nacional de República Dominicana proclamó ayer uno nuevo Constituciónque incluye cambios significativos, como el plazo de prescripción presidencial a sólo dos, reduciendo la cantidad parlamentarios y la unificación de la Elegir Congreso, municipal y presidencial para 2032.

Uno de sus pilares reformasegún el presidente luis Abinaderes la ampliación del artículo 268, que consagra este Selección presidencial como una ley inmutable que garantiza la Cambiar en el poder como principio esencial. NO presidentepuede buscar un tercer mandato. “Este es un claro ejemplo de mi convicción y mi compromiso democrático. Terminaré el 16 de agosto de 2028 y no seguiré más, no seguiré más. Nunca más”, afirmó. Abinader en el camino a Asamblea Nacional.

“Con esta medida, no presidentePresente o futuro, eso puede cambiar Estándares de Selección para su propio beneficio», explicó el Presidente a los parlamentarios en el acto de proclamación, que estuvo marcado por la ausencia de 56 parlamentarios, 20 que pidieron disculpas, entre ellos muchos del PLD, y una protesta pacífica frente a la Asamblea Nacional. Congreso, estuvieron presentes 166 diputados y todos votaron que sí.

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En 180 años de vida republicana se realizaron reformas a la constitución dominicana.

“Cualquiera que dudara de que esto fuera posible debe creer ahora en mis palabras: Por primera vez en la historia de la República Dominicana un presidente Como la mayoría necesaria para ampliar el poder está presente, decide limitar el poder.

Asimismo, agregó que esta nueva Carta Magna prohíbe al expresidente Danilo Medina busca la presidencia en un nuevo período. «Rechazamos las negociaciones o la conveniencia política y reiteramos que incluso aquellos que ya fueron elegidos en 2016 no pueden volver a presentarse», afirmó.

En su discurso enfatizó el compromiso de la RD con la Cambiar en el poder, la independencia de Ministerio Publico y la protección de los principios fundamentales de Constitución.

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Abinader resaltó su valor reforma como una confesión solemne a democraciacon la afirmación de que “el Constitución No se trata sólo de un montón de palabras técnicas escritas en papel; “es el alma de nuestro pueblo”. En ese sentido, enfatizó que los cambios adoptados representan una visión de justiciaPaz y estabilidad, con el objetivo de fortalecer la confianza en las instituciones dominicanas.

Para situaciones como la alcaldía de La Vega

Los legisladores aprovecharon la reforma constitucional para realizar algunos cambios no incluidos en el borrador original del presidente Luis Abinader.

Hicieron cambios a los dos párrafos del artículo 274 para aclarar situaciones futuras de funcionarios electos, como el caso presentado en la alcaldía de La Vega tras la renuncia del alcalde y vicealcalde.

El artículo I establece: “Si un funcionario electivo deja su cargo por muerte, renuncia, inhabilitación o cualquier otra causa, quien lo reemplace desempeñará el cargo hasta el vencimiento del período constitucional”.

Mientras que el párrafo II indica que la ley que es necesario cambiar allanará el camino para solucionar situaciones como la de La Vega. “En caso de vacío de sucesión a nivel local, la ley regula el mecanismo para cubrir los puestos vacantes”.

21 Disparos de cañón

a los 21 Disparos de cañón y el himno Nacional fue declarado nuevo Constitución Dominicano.

El documento contiene una garantía de la independencia de la Justicia.

Esta disposición, junto con la cláusula que impide esta presidente La actual opción de reelección refuerza el compromiso de limitar el poder, proteger la estabilidad institucional y consolidar un sistema de gobierno sin liderazgo permanente, enfatizó. Abinader.

Además, el presidente introdujo una nueva estructura para la selección abogado Procuradores Generales y Suplentes. Según el nuevo reglamento, el Consejo Nacional El juez asumirá la responsabilidad de estos nombramientos y garantizará una justicia independiente y libre de presiones políticas.

«A Ministerio Publico Independiente asegura que la ley no tiene dueño, que el privilegio no puede esconderse detrás del poder y que ningún ciudadano está por encima del poder justiciaél afirmó abinader.

Él presidente También mencionó la unificación de la Elegir a partir de 2032 y una reducción en el número Representante Medidas que, a su juicio, contribuirán a un sistema político más eficiente y una representación pública más adaptada a las necesidades del país.

Abinader Concluyó su discurso reafirmando su compromiso transparenciaEl justicia y respeto a los principios democráticamente.

Al acto de proclamación asistieron vicepresidente Raquel Peña; Él presidente del Senado, Ricardo de los Santos; Él presidente de la Cámara de Representantes, Alfredo Pacheco y la Primera Dama, Raquel Arbaje.

las modificaciones

Artículo 81.- La Cámara de Diputados está compuesta por 158 diputados elegidos por circunscripciones territoriales, en representación del distrito nacional y de las provincias. La distribución se realiza en proporción al electorado registrado por la Junta Central Electoral, sin que en ningún caso haya menos de dos representantes por provincia. cinco a nivel nacional mediante acumulación de votos, preferentemente de partidos, alianzas o coaliciones que no obtuvieron escaños y lograron al menos el uno por ciento (1%) de los votos válidos, y siete representantes en el extranjero.

Artículo 166.- El Abogado General de la Administración Pública es el representante permanente de la administración pública ante los tribunales administrativos controvertidos. La ley establece los requisitos a cumplir y regula la representación de otros órganos y autoridades gubernamentales ante la misma jurisdicción. Para el desempeño de sus funciones, el Abogado General cuenta con procuradores suplentes y, en su caso, procuradores designados por él.

Artículo 167.- La Procuraduría General de la Función Pública está subordinada al poder ejecutivo y está organizada de conformidad con la ley. Artículo 169.- El Ministerio de Estado es el órgano del sistema judicial encargado de formular e implementar la política de persecución de los delitos, dirigir las investigaciones penales y realizar las acciones públicas en beneficio de la sociedad. Garantizará derechos fundamentales que ayuden a los ciudadanos, promoverá la resolución alternativa de disputas, asegurará la protección de víctimas y testigos y defenderá el interés público protegido por la ley.

Artículo 171.- El Presidente de la República, dentro de los primeros cien días de su mandato constitucional, propondrá al Consejo de la Judicatura Nacional una persona para su nombramiento como Procurador General y los que representen la mitad de los abogados suplentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley. . Tendrá inmovilidad por un período de dos años. Podrán ser confirmados al final de su mandato por el Consejo de la Magistratura Nacional bajo las mismas reglas que su elección, salvo destitución por impeachment.

Artículo 178.- El Consejo de la Magistratura Nacional está integrado por: el Presidente de la República o el Vicepresidente, el Presidente del Senado, un senador electo por el Senado que pertenezca a un partido o bloque de partidos distinto del Presidente del Senado y que represente al segunda mayoría; el Presidente de la Cámara de Diputados, un diputado electo por la Cámara de Diputados que pertenezca a un partido o bloque partidista distinto del Presidente de la Cámara; el Presidente de la Corte Suprema; un juez elegido por el pleno y el presidente del Tribunal Constitucional.

Artículo 179.- El Consejo de la Magistratura Nacional tendrá la tarea de nombrar a los magistrados de la Corte Suprema, del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo Electoral y del Fiscal General y evaluar el desempeño de los jueces de la Corte Suprema.

Artículo 209.- Las asambleas electorales funcionarán en mesas electorales organizadas de conformidad con la ley. Los colegios electorales se abren cada cuatro años para elegir al Presidente y Vicepresidente de la República, a los representantes legislativos, a los parlamentarios de organismos internacionales, a las autoridades locales y a otros funcionarios o representantes electos. Estas elecciones tienen lugar el tercer domingo de mayo.

Artículo 268.- Ninguna modificación de la Constitución afectará la forma de gobierno establecida en el artículo 4 de esta Constitución, que será siempre civil, republicana, democrática y representativa. Tampoco se ocupará de las reglas de elección presidencial establecidas en el artículo 124 de esta Constitución.

Artículo 274.- La elección del Presidente y Vicepresidente de la República, representantes legislativos, parlamentarios de organismos internacionales, autoridades locales y demás funcionarios o representantes electos finaliza el 16 de agosto de cada cuatro años.

Artículo 278 (agregado).- Ningún funcionario de elección popular podrá beneficiarse de reforma constitucional alguna durante su mandato en lo que se refiere a las normas que rigen la postulación, elección y permanencia del cargo que desempeña.

Periodista español y editor de Diario Libre. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra, España.

Periodista dominicano especializado en economía y finanzas, egresado de la Universidad Dominicana O&M.

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